InicioEcuadorFuncionariosConsuladosEcuador - PerúComercio e InversiónTurismoCulturaInterculturalidadEnlaces

 
 
     
 
Servicios  Consulares
 

DOCUMENTOS DE NAVEGACIÓN

       
 

Toda nave con destino al Ecuador, al momento de ingresar a puerto ecuatoriano deberá portar los documentos de navegación debidamente legalizados por el Consulado ecuatoriano del puerto de embarque o del último puerto antes de su arribo al Ecuador.

Todos los documentos se presentarán al Consulado, en cuatro ejemplares, en formularios proporcionados por la Dirección General de la Marina Mercante del Ecuador, debidamente firmados por el armador de la nave o su representante.

LISTA DE SALIDA EN LASTRE

Para tramitar la visación del certificado de salida en lastre, el Armador de la nave o su representante, presentará una declaración, con la indicación de que no ha recibido carga para ningún puerto ecuatoriano y que su recalada será en las mismas condiciones; en la declaración deberá constar, además, el nombre del barco, el número de viaje, el nombre del puerto ecuatoriano de destino y podrá ser presentada en papel membretado de la agencia naviera.

El valor de la visación del certificado de salida en lastre es de $700,00 dólares.

LISTA DE TRIPULANTES

Para tramitar la visación de la lista de tripulantes, el Capitán o Armador del buque presentará el formulario con la nómina de toda la tripulación del barco con la indicación del cargo que desempeña, la nacionalidad y el número de documento de identidad; deberá constar además, el nombre del barco, el número de viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino.

CERTIFICADO DE ALTERACION DE LISTA DE TRIPULANTES

Para tramitar la visación del certificado de alteración en la lista de tripulantes, el Capitán de la nave presentará el formulario en el cual se consigne las variaciones en el rol de tripulación o lista de tripulantes del buque; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino. El valor de la visación del certificado de alteración en la lista de tripulantes es de $60 dólares.

DECLARACION DE EFECTOS DE LA TRIPULACION

Para tramitar la visación de la declaración de efectos de la tripulación, el Capitán de la nave presentará el formulario en el cual conste la descripción de las pertenencias de cada uno de los miembros de la tripulación del barco; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino. El valor de la visación de la declaración de efectos de la tripulación es de $60 dólares.

DECLARACION SUMINISTROS DEL BUQUE O LISTA DE RANCHO

Para tramitar la visación de la declaración de suministros del buque o lista de rancho, el Capitán de la nave presentará el formulario con la descripción de las provisiones, de las medicinas, del armamento y de los demás artículos e implementos necesarios para el mantenimiento del personal y del buque; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino.

El valor de la declaración de suministros del buque o lista de rancho es de $100 dólares.

LISTA DE PASAJEROS

Para tramitar la visación de la lista de pasajeros, el Capitán de la nave presentará el formulario con la nómina de pasajeros con destino a puertos ecuatorianos; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino.

El valor de la visación de la lista de pasajeros es de $20 dólares por cada pasajero.

LISTA NEGATIVA DE PASAJEROS

Para tramitar la visación de la lista negativa de pasajeros, el Capitán de la nave presentará el formulario en el cual debe señalar que no lleva pasajeros con destino a puertos ecuatorianos; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino.

La visación de la lista negativa de pasajeros es gratis.

GUIA DE CORREOS:

Para tramitar la visación de la Guía de Correos, la Agencia Naviera presentará el formulario con el registro del correo recibido con destino al Ecuador, especificando el origen y destino del correo, el número de piezas y su peso; deberá constar, además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino. 

La visación de la guía de correos es gratis

DECLARACION MARITIMA DE SANIDAD

Para tramitar la visación de la declaración marítima de sanidad, el Capitán de la nave presentará el formulario con la descripción del estado de salud de la tripulación de la nave y de los sucesos ocurridos en el área de salud, desde el inicio del viaje; y, deberá constar además, el nombre del barco, el número del viaje y el nombre del puerto ecuatoriano de destino

La visación de la declaración marítima de sanidad es gratis

DECLARACION GENERAL

Para tramitar la visación de la declaración general, el Capitán de la nave o su Agente Naviero presentará el formulario en el cual conste el nombre de la nave, su tipo, el nombre del Capitán, la nacionalidad de la nave, la matrícula, el tonelaje de registro bruto y neto, la descripción de la carga, el número de tripulantes y de pasajeros y el itinerario de la nave.

La visación de la declaración general es gratis.

       
       
       
       
       
       
   
 
 
     
  Enlaces de Interes  
   
   
   
   
   
   
   
     
         
  Consulado General en Lima
Av. Las Palmeras N. 356 -San Isidro, Lima  - Perú  Telf.(511) 421 7050, 212-4161 Fax: 421 7050
Email: consulado@mecuadorperu.org.pe
© Copyrights Embajada de Ecuador en Perú,
| Diseño mgamboa - Business International Systems